AQUÍ INFORMACIÓN DE INTERÉS

Videos destacados Galerías vídeos Ver más

Asamblea Informativa Concurso de Traslados 2022-2023
¿QUIERES VER EL VIDEO?
Personaliza las cookies desde AQUÍ
Emilio Armas (STEC-IC) valora en RNE el anuncio de incremento de plantilla y bajada de ratios
¿QUIERES VER EL VIDEO?
Personaliza las cookies desde AQUÍ
OPOSICIONES 2022: Guía realización Segunda Prueba Oral
¿QUIERES VER EL VIDEO?
Personaliza las cookies desde AQUÍ
Guía audiovisual para la realización de la Prueba Práctica Oposiciones 2022
¿QUIERES VER EL VIDEO?
Personaliza las cookies desde AQUÍ
¿Es posible bajar las ratios en Canarias?
¿QUIERES VER EL VIDEO?
Personaliza las cookies desde AQUÍ
Guías Prácticas para el Profesorado
¿QUIERES VER EL VIDEO?
Personaliza las cookies desde AQUÍ

Imagenes destacadas Galerías fotos Ver más

El STEC-IC celebra su XI Congreso reforzando su apuesta por la Educación Pública
DESLIZA PARA VER EL CONTENIDO
¿QUIERES COMPARTIR ESTE CONTENIDO EN REDES SOCIALES?
Personaliza las cookies desde AQUÍ
¿QUIERES COMPARTIR ESTE CONTENIDO EN REDES SOCIALES?
Personaliza las cookies desde AQUÍ
Martes, 23 de Febrero de 2021 22:52

Negociación 18-02-2021 nueva orden Listas de Empleo y Adjudicación de destinos provisionales

Durante el día de hoy (18-02-2021) se ha celebrado una Mesa Técnica de Negociación con el siguiente Orden del Día:

 

1. Borrador de la Orden por la que se establece el procedimiento de constitución, ordenación y funcionamiento de las listas de empleo.

2. Borrador de la Resolución por la que se convoca el procedimiento de Adjudicación de destinos provisionales, curso 2021-22.

3. Otros temas de interés.

 

La Administración decide invertir el orden de los puntos a tratar, comenzando por el 2º referido a la Adjudicación de destinos provisionales, aludiendo a supuestas razones de urgencia. Ello condiciona el tiempo dedicado al punto primero referido a la normativa de listas de empleo que se continuará negociando la próxima semana. En cualquier caso, publicamos esta información siguiendo el orden de puntos a tratar original establecido en la convocatoria.

 

MESA TÉCNICA DE NEGOCIACIÓN 18-02-2021

 

Se inicia la Mesa Técnica de negociación entre la Dirección General de Personal y las organizaciones sindicales representativas del ámbito docente en Canarias a las 12:05 horas.

 

1. Borrador de la Orden por la que se establece el procedimiento de constitución, ordenación y funcionamiento de las listas de empleo.

 

Debido a lo expuesto anteriormente, el punto no se pudo abordar en profundidad quedando emplazados a una próxima reunión para el miércoles 24 de febrero a fin de continuar la negociación. Aún así y dada su relevancia, publicamos un resumen del borrador presentado por la Administración educativa respecto al procedimiento de constitución, ordenación y funcionamiento de las listas de empleo así como lo tratado sobre este punto.

 

Como ya hemos publicitado, el STEC-IC realiza una valoración positiva del nuevo borrador de nueva normativa de Listas de Empleo presentado por la Consejería de Educación. Consideramos que solo la oposición en solitario del STEC-IC al anterior acuerdo suscrito por el resto de sindicatos con la Administración ha forzado a la Consejería de Educación a modificar sus posiciones de partida, presentando un borrador de normativa que aún con carencias, consigue mejorar sustancialmente la estabilidad del profesorado interino y sustituto,

 

Antes de entrar en el contenido de la reunión de hoy sobre este punto, resumimos las cuestiones más relevantes del nuevo borrador de nueva Orden de Constitución y Funcionamiento de Listas de Empleo negociado en el día de hoy:

 

RESUMEN DEL BORRADOR DE ORDEN DE CONSTITUCIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LISTAS DE EMPLEO

 

Recordamos que esto es un resumen del BORRADOR presentado por la Administración sin que la negociación, propiamente, haya ni tan siquiera comenzado. Entendemos que habrá margen para modificar (o al menos, desde luego, intentarlo por parte del STEC-IC) todos los aspectos que sean susceptibles de mejora así como clarificar todos los aspectos que sea necesario respecto al mismo. ¡ESPERAMOS TUS PROPUESTAS!

 

Tipos de procedimiento para la constitución de listas de empleo:

 

Procedimiento ordinario.

 

Procedimiento específico señalado en la Disposición Transitoria Tercera de la Ley 7/2020, de 29 de diciembre, de Presupuesto Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2021.

 

Constitución de las listas de empleo:

 

Tras la publicación de la orden en el BOC se constituirán tres bloques:

 

Bloque 1: constituido por las personas integrantes de listas de empleo vigente con una antigüedad superior a 5 años de experiencia docente en centros públicos de Canarias (desde el STEC-IC propondremos que se acceda con 3 años de experiencia docente y no con 5 como plantea el borrador).

 

Bloque 2: se colocará a continuación del bloque 1 y estará constituido por las personas integrantes de listas de empleo que hayan trabajado como docentes en los centros públicos de Canarias con menos de 5 años de antigüedad.

 

Bloque 3: se colocará a continuación del bloque 2 y estará constituido por el resto el resto de personas que integradas en las listas de empleo no hayan trabajado aún como docentes en los centros educativos públicos de Canarias.

 

Revisión de las listas cada curso escolar:

 

Al final de cada curso escolar se recolocarán las listas de todas las especialidades en los siguientes términos:

 

1. Los integrantes del bloque 2 que alcancen los 5 años de servicios se incorporarán al bloque 1 a continuación del último integrante de este bloque.

 

2. Los integrantes del bloque 3 que sean nombrados por primera vez en alguna especialidad se integrarán en el bloque 2 de la lista de dicha especialidad a continuación del último integrante de este bloque.

 

3. al final de cada curso escolar, las personas que no hayan aceptado un nombramiento o no hayan tomado posesión, pasaran en todas las listas de las que formen parte, detrás del último integrante del bloque en el que se encuentren incorporadas.

 

Reordenación después de cada procedimiento selectivo (oposición):

 

Al final de cada procedimiento selectivo se recolocarán las listas de todas las especialidades con aquellas personas que, habiéndose presentado y manifestado su voluntad de permanecer en lista, no hayan sido seleccionadas.

 

Criterios de ordenación:

 

A) Los integrantes pertenecientes al Bloque 1 que superen la fase de oposición y no sean seleccionados, promocionarán un medio de su posición en la especialidad en la que hayan superado la fase de oposición. El resto permanecerá en su orden de lista.

 

B) El bloque 2 estará formado por los integrantes de las listas de cada especialidad que habiendo trabajado no alcancen 5 años de ejercicio efectivo, así como los aspirantes aprobados que no han obtenido plaza que no pertenezcan al bloque 1, ordenados con arreglo a los siguientes parámetros:

 

B.1.

- Experiencia docente en centros públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias en la misma especialidad: 1 punto por año.

- Experiencia docente en centros públicos en especialidades distintas a las que optó o en distintos cuerpos, a razón de 0,2 puntos.

 

B.2. Calificación de la oposición en la misma especialidad: sólo se valorará este apartado a quienes superen la fase de oposición y no sean seleccionados. Será tenida en cuenta para este apartado, la mejor nota de los tres últimos procesos selectivos en la Comunidad Autónoma de Canarias en la misma especialidad a la que se opta, siempre que se hayan convocado en los últimos 10 años. Se valorará con 1 punto la calificación de cinco (5) y con 6 puntos un diez (10). Las calificaciones entre el 5 y el 10 serán proporcionales a los valores anteriores.

 

La calificación correspondiente a la fase de oposición será la media aritmética de las puntuaciones obtenidas en las pruebas integrantes de esta fase, calculada conforme al sistema de calificación establecido en las bases del correspondiente proceso selectivo.

 

B.3. Asimismo, podrán ser tenidos en cuenta otros méritos como la formación y/o la evaluación de la práctica profesional en puestos análogos.

 

Dichos méritos deberán poseerse y acreditarse a la finalización del plazo de presentación de solicitudes para participar en la convocatoria del proceso selectivo a partir del cual se forme la lista de empleo correspondiente.

 

La Formación, hasta un máximo de 2 puntos, se determinará en el procedimiento de convocatoria de oposición o en el procedimiento específico de convocatoria de apertura de listas de empleo.

 

La suma de los méritos especificados en los apartados B.1, B.2 y B.3, que no podrá superar los 10 puntos, determinará la puntuación individual y total, y el orden de prelación en la lista de empleo correspondiente de cada aspirante, previa resolución de los empates en la forma que se señala en el apartado siguiente.

 

C) Se integrarán en el bloque 3 todas las personas presentadas a las oposiciones que no hayan aprobado y sin experiencia docente en centros públicos de Canarias. En orden decreciente por la nota de la fase de oposición, en la última convocatoria, y conforme al nivel de afinidad según lo previsto en el artículo 10 de esta Orden.

 

Criterios de desempate:

 

1. Aspirante que haya participado en el proceso selectivo por el turno de discapacidad.

2. Aspirante de promoción interna cuando lo hubiere.

3. Atendiendo a la calificación obtenida en la oposición.

4. En función de la experiencia en la Administración Pública.

5. Por orden alfabético tomando en consideración la letra de comienzo del primer apellido, comenzando por la que haya resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado, vigente en el momento de efectuarse la convocatoria del proceso selectivo a partir del cual se haya formado la lista de empleo correspondiente.

 

Requisitos para la incorporación a las listas de empleo:

 

Los requisitos serán los mismos que para presentarse a oposiciones y deberán poseerse el último día de plazo para inscribirse en el proceso selectivo que dé lugar a la constitución de la lista correspondiente.
Además, para poderse incorporar a alguna especialidad de las listas de empleo se debe cumplir al menos una de las siguientes condiciones:

 

a) Haber aprobado la fase de oposición de un proceso selectivo convocado en Canarias por la especialidad correspondiente.

 

b) Tener más de 2 años experiencia en la misma especialidad a la que se opta, acreditada esta hasta la fecha de inicio de la constitución de la correspondiente lista.

 

c) Estar en posesión de alguna de las titulaciones que acrediten la cualificación suficiente conforme a la Orden (xxxxx) por la que se establecen las titulaciones para la incorporación a las listas de empleo (Se está trabajando en una orden nueva).

 

También se entenderá cumplido el requisito de cualificación suficiente para las especialidades del Cuerpo de Maestros, por quienes acrediten la superación de cursos de especialización reconocidos para la habilitación, acreditados con anterioridad al 31 de octubre de 2010, fecha de entrada en vigor del Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre.

 

Aplicación y vigencia:

 

Tras cada oposición, las nuevas listas se aplicarán para los nombramientos del curso académico que se inicia en el año siguiente al de celebración de las pruebas.

 

Ante al agotamiento de las listas de empleo, así como la imposibilidad de efectuar convocatoria específica que dé respuesta inmediata a la cobertura de interinidades/sustituciones se podrá hacer uso de las listas de empleo que se deriven de procesos selectivos para los nombramientos del mismo curso escolar en que dichos procesos fueron convocados ampliándose las anteriores y ordenándose a partir del último integrante que figure en la lista vigente, hasta que se proceda a la reordenación definitiva.

 

Las listas se actualizarán anualmente y se mantendrán vigentes hasta el siguiente proceso selectivo.

 

Convocatorias específicas:

 

En caso de no existir listas de empleo o de haberse agotado, se podrán convocar procedimientos específicos para la constitución o ampliación de dichas listas.

 

Los requisitos serán los mismos señalados en esta orden.

 

Las personas aspirantes que deriven de la convocatoria específica se incluirán en el bloque 3 de las listas de empleo, ampliándose esta, y ordenándose a partir del último aspirante de la misma y siempre dentro del nivel de afinidad que le corresponda según la titulación aportada. Esta ampliación no afectará al régimen de funcionamiento aplicable a la lista inicial. Titulación y afinidades según especialidades (novedad):

 

Conforme a lo previsto en la Orden de (xxxxxx) Por la que se regula las condiciones de titulación para impartir docencia en los centros educativos públicos de Canarias, se constituyen tres niveles de
afinidad según las titulaciones de los integrantes de las listas de empleo y su relación con las especialidades a impartir en los distintos niveles educativos.

 

Niveles de Afinidad.

 

Afinidad 1. Aquellas titulaciones consideradas concordantes por ser afines con el contenido de una especialidad. Las personas integrantes de las listas de empleo con estas titulaciones tendrán prioridad para cubrir puestos de trabajo en cada especialidad.

 

Todas las personas integrantes del bloque 1 de las listas de empleo por tener más de 5 años de ejercicio docente formarán parte de la afinidad 1 por la especialidad por la que hubiesen desarrollado su actividad docente independientemente de la titulación que posean.

 

Afinidad 2: Aquellas titulaciones consideradas idóneas por ser cercanas al contenido de una especialidad. Sólo se ofrecerán coberturas temporales de puestos de trabajo a personas con estas titulaciones cuando no haya personas disponibles con titulaciones con afinidad 1.

 

Afinidad 3: Por último, las titulaciones consideradas asimilables, aquellas que cumplen al menos el anexo I (Condiciones para impartir las materias de la Educación Secundaria Obligatoria (ESO) y del Bachillerato (BTO) en centros privados del Real Decreto 665/2015, de 17 de julio).

 

Otros apartados del borrador:

 

El resto del borrador se refiere a procedimiento de elección de ámbitos, nombramientos, etc. y la única novedad destacable que presenta con respecto a la normativa actual es que recoge la posibilidad de solicitar la no disponibilidad en uno o varios cuerpos siempre que se quede disponible en al menos uno.

 

NEGOCIACIÓN SOBRE ESTE PUNTO DESARROLLADA EN EL DÍA DE HOY

 

La Administración expone el documento y hace una breve introducción sobre los cambios más significativos. Hace constar que pretenden sacar una normativa “potente” que garantice la estabilidad del colectivo interino. Las organizaciones sindicales, en términos generales, valoran de manera positiva este nuevo borrador que pondría fin al Decreto 74/2010 como el STEC-IC ha demandado desde el mismo momento de su publicación.

 

Desde la Consejería, se pone de manifiesto que su intención es aplicarlo en el proceso selectivo de 2021. El STEC-IC interviene para recordar que las oposiciones 2021 se podrán llevar a cabo siempre y cuando las condiciones sanitarias así lo permitan. En este sentido, recordamos el sentir mayoritario del profesorado respecto a la conveniencia de anunciar desde ya su aplazamiento para no contribuir a generar más incertidumbre entre el colectivo docente. 

 

Asimismo, desde nuestra organización también hacemos constar que este borrador es más aceptable que el acuerdo anterior alcanzado por el resto de organizaciones sindicales en conjunto con la Administración, con la única oposición del STEC-IC. Adelantamos que valoramos la propuesta de nuevo marco normativo como un avance (notablemente mejorable) para dotar de estabilidad al profesorado interino y adelantamos algunas cuestiones que quisiéramos tratar con más profudidad para realizar las  aportaciones que creemos pertinentes:

 

Respecto al borrador de nueva normativa de Listas de Empleo, en primera instancia y pendientes de la próxima reunión, el STEC-IC propone:

 

- Que al Bloque 1 se acceda con 3 años de experiencia docente (fundamental).

 

- Que la ordenación de las listas tras una oposición se haga a tomando como referencia el orden de la lista después del 1 de septiembre no el del momento de la inscripción a las oposiciones.

 

- Evaluación de la práctica docente. Si se va a implantar, es necesario definir el sistema de evaluación en la orden. Evitar que la cuestión quede al arbitrio de los equipos directivos exclusivamente. Se propone que se realice Informe del órgano colegiado que corresponda (Departamento Didáctico, CCP...) y, en caso de ser desfavorable, posibilidad de réplica.

 

- Criterios de desempate: experiencia en la Administración Pública, especificar convocante y como docente.

 

(En este punto finalizó la reunión, por lo indicado anteriormente, por lo que no se siguió tratando la cuestión emplazándonos a una próxima reunión el miércoles 24 de febrero).

 

Accede al borrador de la Orden íntegro (pdf).

 

2. Borrador de la Resolución por la que se convoca el procedimiento de Adjudicación de destinos provisionales, curso 2021-22.

 

Tras estudiar con profundidad el borrador de orden presentado por la Administración, el STEC-IC propone las siguientes cuestiones: 

 

  • Permitir que el procedimiento de Adjudicación de destinos se pueda realizar desde la situación de no disponibilidad para el profesorado integrante de las listas de empleo. 

  • Permitir que se pueda solicitar la disponibilidad antes del 1 de septiembre en lugar de obligar a mantenerse en tal situación hasta el el mes de octubre.

  • Permitir la separación de cuerpos a la hora de solicitar la disponibilidad: Secundaria, Técnicos de FP, Escuela Oficial de Idiomas, maestros/as…

  • Regular la concesión de las comisiones de servicio por necesidades docentes y una mayor transparencia en el procedimiento. En ningún caso se debe excluir al profesorado interino, como han sugerido otras organizaciones sindicales.

  • Adelantar en el orden de prelación la Comisión de servicios por motivos de salud para garantizar las vacantes al profesorado solicitante.  

  • Mantener el derecho preferente a las islas no capitalinas y al municipio grancanario de La Aldea de San Nicolás.

  • Publicar un calendario certero de publicación de los listados del procedimiento para ofrecer una estimación temporal a los/as participantes.

 

La Administración justifica que mantener la fecha del 1 de octubre es para evitar la picaresca a la hora de acceder a los nombramientos, pero se compromete a revisar la redacción. Sugieren que, en cualquier caso, se podría adelantar al 22 de septiembre, cuando todas las vacantes hayan sido adjudicadas y solo se pueda acceder a sustituciones con fecha máxima a 30 de junio. Valoran de forma positiva nuestras peticiones y nos aseguran que las trasladarán al Director General de Personal para su estudio.

 

Respecto a las Comisiones de servicios por necesidades docentes, indican que no pueden modificar la legislación actual y aseguran que desde Inspección Educativa cumplen con la normativa de evaluar cada proyecto presentado. Se comprometen a estudiar las distintas casuísticas, valorando si sería posible limitar el número de proyectos por centros. En cualquier caso, toda persona que cumpla con los requisitos podrá acceder a dicha comisión.

 

La Administración toma nota de todas las sugerencias aportadas por las organizaciones sindicales y se comprometen a estudiarlas. 

 

3. Otros temas de interés.

 

No se abordó.

 

Desde la Administración se da por terminada la reunión acordándose convocar una nueva mesa de negociación para el próximo miércoles 24 de febrero a fin de ultimar la orden de Adjudicación de destinos provisionales y continuar con la negociación de la nueva normativa de gestión de las Listas de Empleo.

 

Comentarios COMENTARIOS DE LA NOTICIA

Videos destacados Galerías vídeos Ver más

Asamblea Informativa Concurso de Traslados 2022-2023
¿QUIERES VER EL VIDEO?
Personaliza las cookies desde AQUÍ
Emilio Armas (STEC-IC) valora en RNE el anuncio de incremento de plantilla y bajada de ratios
¿QUIERES VER EL VIDEO?
Personaliza las cookies desde AQUÍ
OPOSICIONES 2022: Guía realización Segunda Prueba Oral
¿QUIERES VER EL VIDEO?
Personaliza las cookies desde AQUÍ
Guía audiovisual para la realización de la Prueba Práctica Oposiciones 2022
¿QUIERES VER EL VIDEO?
Personaliza las cookies desde AQUÍ
¿Es posible bajar las ratios en Canarias?
¿QUIERES VER EL VIDEO?
Personaliza las cookies desde AQUÍ
Guías Prácticas para el Profesorado
¿QUIERES VER EL VIDEO?
Personaliza las cookies desde AQUÍ

Imagenes destacadas Galerías fotos Ver más

El STEC-IC celebra su XI Congreso reforzando su apuesta por la Educación Pública

AVISO

Por razones organizativas y técnicas, la opción de comentarios a las noticias permanecerá inhabilitada hasta próximo aviso.

Si deseas realizar alguna consulta, puedes utilizar el resto de vías habituales de contacto.

Saludos cordiales y disculpa las molestias que ello te pueda ocasionar.