ORDEN de 19 de julio de 2013, por la que se determinan los supuestos excepcionales que dan derecho a que se complementen las prestaciones económicas de incapacidad temporal (baja médica) hasta la totalidad de las retribuciones.
¡ACTUALIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN!
Nuevas enfermedades que no generarán descuento en caso de baja laboral
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