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Martes, 21 de Marzo de 2023 13:36

Información Mesa Sectorial 21/03/2023 sobre Listas de Empleo y otros

 INFORMACIÓN MESA SECTORIAL SOBRE LISTAS DE EMPLEO

 

Hoy martes 21 de marzo ha tenido lugar una Mesa Sectorial en la que se ha abordado la modificación de la Orden de 9 de agosto de 2021 sobre funcionamiento de las listas de empleo en el ámbito docente. Esta mesa se celebra como continuación de la Mesa Técnica del 9 de febrero pasado en la que, entre otros asuntos, se abordó éste y donde el STEC-IC realizó una serie de propuestas  de mejora de la Orden actual que puedes consultar en el enlace anterior.

 

De las propuestas realizadas por el STEC-IC, la Consejería aceptó las siguientes:

 

  • Quien concurra a los procesos selectivos por una especialidad permanecerá en todas las lista en las que ya esté integrado. No se recogerá en la norma, como solicitó el STEC-IC, lo especificarán en cada convocatoria.

 

  • La fecha de referencia para la experiencia docente en la reordenación de listas tras cada oposición será la establecida en el art. 3 (31 de marzo). No obstante entienden que no es necesario especificarlo porque ya se establece en el artículo 3 y no es preciso redundar. De hecho, es así como se ha venido aplicando desde el primer momento.

 

  • El aplicativo informático se adaptará a las nuevas especificidades posibilitando seleccionar la disponibilidad, o no, para una o varias especialidades, así como elegir diferentes opciones de puestos singulares y de provisión voluntaria...

 

  • Los artículos 14.5 y 14.6 se unificarán y se aclarará que, tras un nombramiento excepcional o llamamiento público, la incorporación en la lista se hará de forma inmediata, a continuación del último integrante del bloque 3, no obstante, la actualización se hará a fecha de 31 de marzo.

 

  • Además, para evitar tener que recurrir a los nombramientos excepcionales, se abrirán las listas de manera periódica una o dos veces al año, coincidiendo con los periodos de finalización de estudios de las universidades. La Consejería plantea hacer pruebas tipo test para que el criterio de ordenación no se base exclusivamente en el currículo.

 

  • Las personas que se encuentran en situación de licencia por maternidad/paternidad, adopción o riesgo durante el embarazo podrán tomar posesión y continuar en dicha situación sin que ello le suponga la pérdida de ningún derecho (tiempo de servicio para oposiciones, trienios, sexenios, jubilación, etc.).

 

  • Se reconocerá la experiencia docente del profesorado del cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional por la misma especialidad, ya sea en el cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria o de Profesores Especialista en Sectores Singulares de la Formación Profesional.

 

  • Se hace extensible al cuerpo de Profesores Especialista en Sectores Singulares de la Formación Profesional la referencia normativa respecto a la exigencia de la formación pedagógica y didáctica que se recoge para el cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional.

 

  • Aunque no se acepta la propuesta del STEC-IC para que se establezca una regulación específica y extraordinaria que permita a los docentes interinos de las 19 especialidades del cuerpo a extinguir de PTFP que se integran en Secundaria, que por su titulación no pueden acceder dicho cuerpo, asegurar su continuidad en las listas de sus respectivas especialidades hasta la jubilación, sí que se va a asegurar, de momento, su continuidad en dichas listas hasta el curso 2025/2026, fecha en que finaliza el proceso de integración del PTFP en Secundaria.

 

Además, el STEC-IC ha vuelto a insistir en:

 

  • Que la fecha de referencia para experiencia docente en la actualización de las listas (actualmente 31 de marzo) se aproxime al final de curso tanto como sea posible para que tenga en consideración un mayor número de nombramientos.

 

  • Revisar la Orden de titulaciones y eliminar la referencia a las afinidades, es preferible tener una Orden de titulaciones bien definida que entrar en ese lío de diferentes grados de afinidad que solo traerá problemas cuando se desarrolle.

  

  • Establecer una solución de carácter definitivo para los 77 docentes interinos con titulación de Técnico Especialista de las 19 especialidades del cuerpo a extinguir de PTFP que se integran en Secundaria.

 

  • Dada la excepcionalidad de los procedimientos selectivos extraordinarios de estabilización que se celebrarán en 2024, proponemos que no se lleve a cabo la reordenación prevista en la Orden de 9 de agosto de 2021, limitándose únicamente a incorporarse las personas nuevas, detrás del último integrante del bloque 3 de cada lista. Ello no afectaría a la "actualización" anual de las listas de empleo que se produciría tal cual establece la normativa. Ver Guía Práctica (apartado B) de la Orden de 9 de agosto de 2021.
    La reordenación prevista podría implicar que, dado que no hay pruebas eliminatorias y el número de aspirantes que superen la fase de oposición podría ser muy elevado,  lo más probable es que muchos aspirantes de todas las CC.AA. pasen directamente al bloque 2 lo que podría provocar, por una parte, la completa desconfiguración de las listas actuales y, por otra, un verdadero rosario de renuncias a los próximos nombramientos cuando se empiecen a realizar y no les interesen por la lejanía y por tratarse de periodos cortos.

 

Postura de la Consejería:

 

Respecto a la fecha de referencia para el cómputo de la experiencia docente, no se pueden retrasar más allá del 31 de marzo porque no tendrían tiempo para llevar a cabo el procedimiento.

Las afinidades les están costando mucho más de lo previsto y están pendientes de un informe por parte del DGFPyEA sobre la competencia docente de las distintas titulaciones de las especialidades de FP. No obstante, proponen que las organizaciones sindicales opinen sobre el asunto y nuevamente el STEC-IC se queda solo ya que todas las demás organizaciones manifiestan su apoyo a este sistema que para el STEC-IC supondrá la segregación de las listas de empleo en subgrupos dentro del bloque 3.

Profesorado Técnico de FP de las 19 especialidades que no se pueden presentar a los procesos selectivos de sus propias especialidades. De momento se comprometen hasta donde el RD 800/2022 les permite jurídicamente. Cuando el plazo de integración del referido RD finalice, se analizará la situación de los docentes que queden y se verá qué solución se les puede dar.

Respecto a la reordenación de listas de empleo, lo están estudiando con los servicios jurídicos. El STEC-IC, les plantea que tanto pueden considerar no reordenar en base a los resultados del procedimiento selectivo como establecer unos criterios de reordenación específicos teniendo en cuenta que este procedimiento selectivo no se rige por las mismas bases que el procedimiento selectivo ordinario establecido por el RD 276/2007.

 

Postura del resto de Organizaciones Sindicales:

 

Salvo, en el caso de las afinidades como ya se ha indicado, las demás Organizaciones sindicales coincidieron en la mayoría de las cuestiones que planteó el STEC-IC, sin embargo eso no fue tenido en cuenta por la Administración a la hora de tomar en consideración su propio criterio en aquellas cuestiones que no compartió con la parte sindical. 

 

RUEGOS Y PREGUNTAS:

 

El STEC-IC solicita que se incorpore a la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2024 una cláusula para que se recupere el acuerdo del derecho al cobro de los dos meses de verano del profesorado interino que haya estado contratado al menos 165 días a lo largo del curso 2023/2024. Dicho acuerdo fue suspendido unilateralmente por la Administración a raíz de la crisis de 2008 y no ha sido recuperado desde entonces, al igual que otros muchos derechos que reclamamos que sean recuperados cuanto antes.

La Consejería responde que no está de acuerdo en traer este tema a la mesa. Por lo tanto queda claro que deberá ser el STEC-IC quien debe buscar la forma de ponerlo sobre la mesa así como otros tantos que se han suspendido unilateralmente: recorte salarial (5%), complemento específico pagas extra, recortes de horas de descuento por determinadas actividades lectivas y complementarias…).

 

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