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Martes, 02 de Junio de 2020 11:20

Oposiciones Cuerpo de Maestros y Maestras 2019: suspensión cautelar de la especialidad Inglés

Resolución de la Dirección General de Personal de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes por la que se suspende cautelar y exclusivamente la especialidad de Inglés, correspondiente al procedimiento selectivo de ingreso en el Cuerpo de Maestros, convocado por Orden de 27 de marzo de 2019, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, correspondiente a las ofertas de empleo público de los años 2017 y 2018, y se retrotraen las actuaciones ya desarrolladas a la fase de concurso.

 

Acceder a la Resolución.

 

 


 

 

Téngase en cuenta, por su importancia, la parte del resuelvo de la norma que reproducimos íntegramente a continuación:

 

"PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

 

PRIMERO.- Suspender, en consonancia con los fundamentos que se han dejado expresados, exclusivamente en lo que respecta a la especialidad de Inglés, el procedimiento selectivo de ingreso en el Cuerpo de Maestros, convocado por Orden de 27 de marzo de 2019, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, correspondiente a las ofertas de empleo público de los años 2017 y 2018.

 

SEGUNDO.- Retrotraer las actuaciones en el presente procedimiento selectivo a la fase de concurso, exclusivamente, para la especialidad de Inglés.

 

TERCERO.- Dar traslado a la Comisión de Coordinación de la especialidad de Inglés de la documentación correspondiente a la fase de concurso de la totalidad de aspirantes de sus Tribunales, para que lleve a cabo nueva baremación de los méritos con sujeción estricta al Anexo de baremo de méritos de la convocatoria y al Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso.

 

CUARTO.- Verificado el trámite a que alude el apartado precedente, se procederá a elevar nueva Propuesta de aspirantes seleccionados que será objeto de publicación en la la página web de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes y comunicado a través de los correos electrónicos señalados en la solicitud de participación en los procedimientos selectivos, confiriendo a los interesados trámite de audiencia para que, con puesta de manifiesto del expediente instruido hasta el momento, puedan presentar las alegaciones y los documentos y justificaciones que estimen pertinentes, en defensa de sus intereses, preferentemente, por la misma vía del correo electrónico o por registro al Servicio de Régimen Jurídico de la Dirección General de Personal: C./Granadera Canaria, nº 2 – 35001 Las Palmas de Gran Canaria, para lo cual, una vez confirmen la recepción de la notificación, dispondrán del plazo de 10 días, a partir del día siguiente, para que remitan dichas alegaciones.

 

QUINTO.- En tanto subsista la suspensión, se conservarán asimismo cautelarmente los actos administrativos que resulten procedentes y que hubieren tenido su fundamento en la resolución impugnada, particularmente los relacionados con el desarrollo de la fase de prácticas del procedimiento selectivo, incluso si se diera el caso, la declaración de APTOS como tales funcionarios en prácticas.

 

SEXTO.- Adoptar asimismo con carácter cautelar las medidas administrativas necesarias de cara a la finalización del presente curso 2019/20 y a la planificación del próximo curso 2020-21, en tanto se resuelva definitivamente la citada especialidad y se adopte la oportuna Resolución. En este sentido:

 

1.- Mantener provisionalmente, durante el presente curso 2019/20 y hasta su finalización, por necesidades del sistema público educativo, los destinos adjudicados como funcionarios en prácticas o como funcionarios interinos por Resolución de este Centro Directivo por la que se hizo pública la Adjudicación de Destinos Provisionales para el curso 2019/20, o en su caso, los nombramientos posteriores realizados, por necesidades del servicio educativo para la cobertura temporal de plazas por enfermedad o ausencia de sus titulares.

 

2.- Suspender cautelarmente los destinos definitivos adjudicados a los 149 funcionarios en prácticas de la especialidad de Inglés por la Resolución nº 815/2020 de 27 de marzo de 2020 de la Dirección General de Personal que resuelve definitivamente el concurso de traslados convocado mediante Resolución de 25 de octubre de 2019.

 

No obstante lo anterior, por razones de planificación educativa, los interesados podrán, cautelarmente, incorporarse al centro adjudicado con efectos de 1 de septiembre de 2020, sin que dicha incorporación en el destino adjudicado confiera derecho alguno hasta la finalización del procedimiento selectivo con la baremación de la fase de concurso y nueva Propuesta de aspirantes seleccionados, quedando asimismo habilitados para participar, cautelarmente, en las convocatorias de “Comisiones de Servicio” que correspondan conforme a los requisitos de participación de no haberse producido la suspensión del destino adjudicado.

 

3.- Los funcionarios en prácticas que no hayan obtenido destino definitivo en el concurso de traslados y que se encuentren en situación de provisionalidad, podrán igualmente, con carácter cautelar, participar en la Adjudicación de Destinos Provisionales para la obtención de destino en el curso 2020/21 y, en su caso, en las convocatorias de “Comisiones de Servicio” que correspondan conforme a los requisitos de participación de no haberse producido la suspensión de la especialidad.

 

SÉPTIMO.- Finalizada la revisión de la especialidad, y una vez se deje sin efecto la suspensión y consiguientes medidas cautelares adoptadas en virtud de la presente Resolución, con la publicación de la nueva Propuesta de aspirantes seleccionados, se producirá la convalidación de las situaciones administrativas, hasta entonces provisionales, para los aspirantes que mantuvieren la condición de seleccionados.

 

OCTAVO.- El nombramiento de funcionarios de carrera de los opositores definitivamente seleccionados, tendrá los efectos administrativos del resto de especialidades no afectadas por la suspensión, incluso para lo que, en su caso, vengan obligados a realizar la fase de prácticas en el curso 2020/2021 o posterior, como consecuencia del resultado de la propuesta de aspirantes seleccionados que se eleve, salvo para quienes tuvieran aprobado o soliciten un aplazamiento de dicha fase.

 

NOVENO.- Las comunicaciones a los aspirantes de la especialidad de Inglés de cuantos actos administrativos se adopten, se realizará a través de los correos electrónicos señalados en la solicitud de participación en los procedimientos selectivos y surtiendo efectos a partir de su publicación en la página web de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, sin perjuicio, en su caso, de la publicación en el Boletín Oficial de Canarias, cuando resultare procedente.

 

DÉCIMO.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias de conformidad con el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE n.º 236, de 2.10.15) y a efectos informativos en la página web de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, en el plazo de dos meses, desde el día siguiente de la publicación de la misma, recurso contencioso administrativo ante el órgano correspondiente de la jurisdicción contencioso administrativa; sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse. Asimismo, a criterio del interesado/a, podrá interponer en vía administrativa recurso potestativo de reposición ante la Directora General de Personal, en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente a su publicación, en los términos establecidos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de que la interesada pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro que estime procedente".

 

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