Ante las reiteradas consultas recibidas acerca de cuándo podrán solicitar traslado a sus comunidades de origen quienes obtengan plaza en el procedimiento de estabilización por concurso de méritos en Canarias, no podemos dar una respuesta concreta puesto que dependerá de muchos factores que afectan a cada persona de manera distinta.
No obstante, sí que se puede hacer un cálculo aproximado de cuándo podría producirse el citado traslado suponiendo que todos los factores se comporten de manera favorable.
En este sentido, el primer factor a considerar es cuándo se producirá el nombramiento como funcionario/a de carrera ya que si fuera antes del próximo mes de noviembre, cosa bastante improbable dado el inmenso volumen de documentos rechazados y que podrían ser objeto de reclamación o subsanación dando lugar a un alargamiento considerable del procedimiento, el profesorado que sea nombrado funcionario de carrera podría participar en el próximo concurso de traslados y, suponiendo que obtenga destino definitivo en su primera participación y se incorpore al mismo el 1 de septiembre de 2025, lo cual no suele ser lo habitual pues hay especialidades en las que obtener un destino definitivo lleva varios años, tendría que permanecer en dicho destino durante al menos dos años antes de poder volver a concursar, lo que nos traslada al concurso de traslados que se inicia en noviembre de 2026 y cuya incorporación se produciría el 1 de septiembre de 2027. Sin embargo, teniendo en cuenta que dicho concurso, en caso de que se convoque, sería de ámbito autonómico y no se podría concursar a otra comunidad autónoma, habría que esperar al concurso que se inicia en noviembre de 2027 y cuyos destinos surten efectos el 1 de septiembre de 2028.
En definitiva, suponiendo que todos los factores resulten favorables, cosa casi imposible, lo más pronto que se podría retornar sería el 1 de septiembre de 2028. Eso suponiendo que en la comunidad de destino haya vacantes de la especialidad que se solicita.
Por otro lado, aunque existe la opción, una vez se tenga destino definitivo, de solicitar una comisión de servicios intercomunitaria, esa posibilidad es aún más remota pues, en primer lugar, no todas las CC.AA. las convocan y, además, están muy restringidas.
Basándose en todo lo anterior y reiterando que estamos recibiendo infinidad de consultas sobre el procedimiento a seguir para renunciar a la participación en el procedimiento excepcional de estabilización por Concurso de Méritos en Canarias, informamos que tal solicitud se deberá realizar mediante instancia telemática a través del Registro General Electrónico de la Consejería de Educación cuyo enlace encontrarás al final de esta misma noticia.
Para facilitar el trámite, publicitamos un texto modelo que podrá servir para cumplimentar los diferentes apartados de tal solicitud:
ASUNTO: Renuncia a la participación en Concurso de Méritos excepcional de estabilización.
EXPONE:
Que habiendo participado en el procedimiento selectivo excepcional de Estabilización, por el sistema de concurso, para el ingreso en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, y Cuerpo de Maestros, convocado por Orden de 21 de noviembre de 2022 (BOC número 235 de 29 de noviembre de 2022) es mi deseo RENUNCIAR a la participación en dicho procedimiento selectivo así como a todos los derechos inherentes derivados de ello.
SOLICITA:
Que teniendo por presentada esta solicitud de RENUNCIA en tiempo y forma, se proceda a tomarla en consideración y dejar sin efecto mi participación en el citado procedimiento selectivo excepcional de estabilización por el sistema de concurso.
ÓRGANO DE DESTINO:
La instancia deberá dirigirse al siguiente ÓRGANO DE DESTINO en el momento de su cumplimentación a través de los “desplegables” existentes en el propio proceso de solicitud telemático:
DEPARTAMENTO: Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividades Físicas y Deportes.
CENTRO DIRECTIVO: Viceconsejería de Educación.
CENTRO DIRECTIVO (segundo nivel): Dirección General de Personal y Formación del Profesorado.
ENLACE AL REGISTRO GENERAL PARA REALIZAR LA RENUNCIA